FORMACIÓN DIRIGIDA A PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN
MODALIDAD Y HORAS
Presencial. 6 horas lectivas. 30 Plazas
FECHAS DE REALIZACIÓN
Pendiente de confirmación
OBJETIVOS:
Formación de especialistas en el tratamiento de la violencia de género, desde un enfoque transversal e interdisciplinar.
CONTENIDO:
- Regulación: LO 1/2004, de 28 de diciembre de violencia sobre la mujer. Medidas de protección integral contra la violencia de género. Produce modificación del CP.-Diferencia entre violencia de género y violencia doméstica:
- Modalidades, 4 ámbitos de violencia: física, psicológica, económica y sexual.
- Delitos y regulación en el CP:
- Lesiones del art. 153 CP. Tipifica lesiones y maltrato de obra. Caso de menores: son víctimas de violencia de género porque lo presencian. Si la violencia se ejerce sobre ellos es violencia doméstica.
- Maltrato habitual: protección de la paz familiar. Violencia física o psíquica mantenida en el tiempo. Como mínimo 3 hechos violentos teniendo en cuenta la proximidad temporal. Caben los ya juzgados, porque no se está juzgando ese, se tiene en cuenta para el actual.
- Amenazas y coacciones. Delito de acoso. Delitos contra la intimidad del art. 197 y ss. CP.
- Agravante de género del art. 22.4 CP.
- Delito semi-público. Proceso que comienza con denuncia, a partir de ahí es perseguible de oficio. La denuncia se presenta ante la policía. Parte de lesiones médico también inicia el proceso. El atestado es más rápido y contiene mayor información, siendo una ventaja en la tramitación y en el proceso.
- Orden de protección: formulario o solicitud. A disposición en el momento de interponer la denuncia. Le otorga a la víctima título legitimador de víctima de violencia de género. Decidir sobre la orden de protección no condiciona la resolución del procedimiento penal, sólo supone la urgencia que representa la orden. La orden es inmediatamente ejecutiva y su incumplimiento por parte del acusado es un delito. Art. 468 CP y Arts. 544 bis y ter LECRIM:
- Incumplimiento de medida cautelar. Su vigencia continúa hasta la sentencia.
- Orden de alejamiento no es el mismo estatuto de protección que la orden, pero protege. Dispositivo de control telemático que controla el cumplimiento de la misma y que puede constar en el auto.
FORMACIÓN DIRIGIDA A PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN
MODALIDAD Y HORAS
Presencial. 10 horas lectivas. 40 Plazas.
FECHAS DE REALIZACIÓN
Fechas: 6 y 7 de octubre de 2025.
Horario: 9:30 – 14:30 h (5 horas por jornada)
Modalidad: Presencial.
Ponente: D. Luis Tuero Fernández, Letrado.
OBJETIVOS:
- Analizar las novedades normativas en el ámbito de la violencia de género.
- Revisar los criterios jurisprudenciales más relevantes y su aplicación práctica.
- Dotar a los asistentes de herramientas jurídicas actualizadas para la correcta gestión y asesoramiento en casos de violencia de género.
- Favorecer la reflexión crítica y el intercambio de experiencias entre profesionales.
CONTENIDO:
- Marco legislativo actual en violencia de género y últimas modificaciones:
- Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
- Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, modificada por Ley Orgánica 4/2023, de 27 de abril, para la modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en los delitos contra la libertad sexual, la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores.
- Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
- Directiva (UE) 2024/1385 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de mayo de 2024, sobre la lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica.
- Medidas del Pacto de Estado contra la violencia de género febrero 2025. - Aspectos civiles, medidas (artículo 92.7 y 94 del Código Civil) y aspectos penales (tipos penales y agravantes de género).
- Orden de protección, Artículo 544 ter de la Ley de Enjuciamiento Criminal.
- Aspectos procesales (menores, declaración de la víctima, pruebas).
- Violencia económica.
- Violencia Vicaria.
- Violencia digital.
FORMACIÓN DIRIGIDA A PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN
INSCRIPCIÓN CERRADA
MODALIDAD Y HORAS
On Line. 20 horas lectivas. - 20 Plazas
FECHAS DE REALIZACIÓN
Del 28/04/2025 al 18/05/2025
OBJETIVOS:
Conocer cómo influyen los agentes de socialización en la transmisión de un uso sexista del lenguaje. Desmontar mitos que impiden un lenguaje no sexista y reflexionar sobre la responsabilidad de utilizarlo que tenemos los hombres y mujeres. Profundizar en el sexismo lingüístico, los tipos y elementos con los que se muestra en la sociedad. Aprender los motivos, la normativa y las características del sexismo lingüístico en las Administraciones Públicas. Conocer los problemas del lenguaje sexista y las recomendaciones para promover la igualdad de género. Conocer los problemas del sexismo lingüístico en los documentos administrativos y ejemplos prácticos.
CONTENIDO:
UNIDAD 1.- El sexismo en el uso de la lengua española
- Androcentrismo en la lengua española: identificación de género y sexo. El refranero
- Uso sexista del lenguaje: formas de sexismo lingüístico, la importancia del contexto, el sexismo como oyente y el inmovilismo de la RAE.
UNIDAD 2.- Poniendo en práctica un lenguaje no sexista
- Tópicos acerca del uso no sexista del lenguaje
- Principales problemas del sexismo lingüístico
- Lenguaje no sexista
- La imagen de la mujer en los medios de comunicación
- Recomendaciones para el ámbito municipal